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Arborista Sánchez Desde 1994 · CDMX , inicio

Actualizada al 23 de septiembre de 2026

Restitución de árboles en la CDMX: cuántos plantar y de qué tamaño

Cuántos árboles hay que plantar después de un derribo en la CDMX, de qué tamaño y cuándo se puede pagar una compensación. Con la norma vigente en 2026.

Todo derribo autorizado en la Ciudad de México obliga a restituir: reponer el árbol que se pierde. La alcaldía fija la restitución cuando el derribo procede, con base en la norma ambiental NADF-001-RNAT-2015.

Por riesgo, mantenimiento o daño a la infraestructura

Se planta un árbol nuevo de al menos 3 m por cada árbol retirado (tabla 3 de la norma).

Por una obra pública o privada

La restitución se calcula con una tabla de puntos del dictamen (tabla 2 de la norma):

Puntos del dictamenRestitución
7 a 122 árboles de 4 m
13 a 184 árboles de 5 m
19 a 248 árboles de 6 m
25 a 2816 árboles de 8 m

También puede cubrirse con una compensación económica (tabla 4 de la norma).

¿Las constructoras pagan el 3 % de la obra?

No como regla general. La aportación de al menos el 3 % del monto de inversión al Fondo Ambiental aplica sólo a obra pública de interés general, cuando la compensación física es imposible (Ley Ambiental de la Ciudad de México, art. 323).

Cómo se cumple

Cada alcaldía indica cómo entregar la restitución. En la ficha oficial de Gustavo A. Madero, al cumplirla recibes un vale de restitución, que se presenta junto con el pago de derechos y la acreditación del podador para obtener la autorización. En Tlalpan, la alcaldía pide la restitución física de árboles y materiales.

Si el derribo fue sin permiso

Se exige la restitución máxima, además de las sanciones penales y administrativas. Lee qué pasa si cortas un árbol sin permiso.

¿Necesitas derribar un árbol? Te decimos antes de empezar qué restitución te toca: conoce nuestro servicio de derribo de árboles.

Fuentes

  1. Norma Ambiental NADF-001-RNAT-2015 (tablas 2, 3 y 4)
  2. Ley Ambiental de la Ciudad de México, texto vigente al 21 de agosto de 2026
  3. Ficha oficial del trámite en propiedad privada (trámite 758, Alcaldía Gustavo A. Madero)
  4. CESAC de la Alcaldía Tlalpan

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